Compartir English Portuguese Spain

¿En dónde quedó el abogado en Veracruz?



Parafraseando la película de sátira ¿En donde quedó el piloto? Dados los recientes acontecimientos en el estado de Veracruz, que han evidenciado la falta de experiencia y capacidad política, bien vale la pena preguntarse y ¿En dónde quedó el abogado?.
Así como en la trama de la cinta se trata de un vuelo en donde no se tiene un piloto en la nave, la serie de pifias que han puesto en evidencia al gobierno del estado, obligan a preguntarse si existe algún abogado que permita orientar el rumbo de la bitácora política.
Como muestra, un botón, el ya famosos internacionalmente, encarcelamiento de lo que se conoce como los “twitteros veracruzanos” que fueron encarcelados acusados del “delito grave” de difundir información de hechos que se estaban registrando en el puerto de Veracruz y Boca del Río.
Primera tontería –por llamarla de algún modo decente- al encarcelarlos por un delito que no existe en el código penal del estado de Veracruz, pero como no había un delito que se refiriera a castigar a internautas, se les “encuadra” en el de “terrorismo” que lógicamente tiene una pena mucho mayor.
Pero ante la ola de protestas y hasta insultos que se tienen como respuesta, el gobierno del estado tiene que buscar la forma de “dar marcha atrás” para buscar la forma de dejarlos en libertad.
Como no había una ley para aplicar el delito y en consecuencia el castigo, ahora el gobernador Javier Duarte de Ochoa –de nuevo mal asesorado jurídicamente- aunque se haya recurrido a abogados internacionales para justificar y validar su error, envía al congreso una iniciativa de ley que busca cambiar el Código Penal para que María de Jesús Bravo Pagola y Gilberto Martínez Vera, acusados de “terrorismo equiparado y sabotaje”, delito que alcanza una pena de tres a 30 años de prisión puedan, alcanzar libertad bajo fianza, con la acusación de un nuevo concepto jurídico “perturbación del orden público”.
Pero mucho cuidado, porque de aprobarse esta nueva ley, como seguramente será votada por los y las señoras diputados, las penas que contempla este delito van de uno a cuatro años de prisión o una multa de 500 a mil días de salario mínimo.
Nosotros no somos abogados, pero hasta donde tenemos entendido, la Constitución General de la República, máximo ordenamiento jurídico, establece en el Artículo 14 que: “A NINGUNA LEY SE DARA EFECTO RETROACTIVO EN PERJUICIO DE PERSONA ALGUNA. NADIE PODRA SER PRIVADO DE LA VIDA, DE LA LIBERTAD O DE SUS PROPIEDADES, POSESIONES O DERECHOS, SINO MEDIANTE JUICIO SEGUIDO ANTE LOS TRIBUNALES PREVIAMENTE ESTABLECIDOS, EN EL QUE SE CUMPLAN LAS FORMALIDADES ESENCIALES DEL PROCEDIMIENTO Y CONFORME A LAS LEYES EXPEDIDAS CON ANTERIORIDAD AL HECHO.
EN LOS JUICIOS DEL ORDEN CRIMINAL QUEDA PROHIBIDO IMPONER, POR SIMPLE ANALOGÍA Y AÚN POR MAYORÍA DE RAZÓN, PENA ALGUNA QUE NO ESTÉ DECRETADA POR UNA LEY EXACTAMENTE APLICABLE AL DELITO QUE SE TRATA”.
Entonces, ahora se vuelve a legislar, para tratar de enmendar un desatino, pretendiendo aplicar una ley de reciente creación, con retroactividad a quienes ya se encuentran en un proceso judicial.
Eso me recuerda una frase atribuida a Porfirio Díaz quien habría ordenado “dispárales y después averiguas”.
Ahora en pleno siglo XXI en el Estado de Veracruz, tal parece que la orden es “encarcélalos y después legisla para sancionarlos”.
Todos estos hechos, lo que han venido a evidenciar es la falta de un abogado, profesional del derecho, que oriente y haga las recomendaciones pertinentes al ejecutivo estatal, que como doctor en economía, no tiene porqué ser un experto en materia jurídica.
Esta y otras publicaciones en: 

Comparte esta Publicación

votar

No hay comentarios:

Publicar un comentario

tu comentario es importante para el auditorio y para este espacio, opina libremente