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“Desde el fondo” El derecho a la vida VS Derecho a elegir. Segunda parte


Hace algunas semanas escribí la <<primera parte>> de esta opinión, por cuestiones de trabajo no pude publicar en días posteriores la continuación de ésta.
Retomaré enfocándome al derecho de decidir y la paternidad responsable, un tema que poco se aborda en esta discusión.
Respecto a la paternidad responsable (concepto que cabe resaltar fue empleado como fundamento para justificar la despenalización del aborto en el Distrito Federal) la resolución que emitió en aquél entonces la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el año 2002, emitió una sentencia total y radicalmente diferente respecto al tema y en la cual resolvió que: 1) La Constitución Federal sí protege la vida humana y de igual forma protege al producto de la concepción en tanto que éste es una manifestación de la vida humana independientemente del proceso biológico en que se encuentre, 2) Que la ley otorga la protección a la maternidad, protegiendo así tanto la salud de la mujer como la del producto de la concepción, 3) Que si se aceptaban nuevas causas de despenalización, esto no consistía en una "excepción" al delito de aborto, pues seguía siendo delito aunque no se aplicara sanción y 4) Que se trata de una "excusa absolutoria", causas que dejando subsistente el carácter delictivo de la conducta o hecho tipificado como delito, impiden la aplicación de la pena, es decir, aun cuando se configure el delito, impiden la sanción del sujeto en casos específicos, en otras palabras, no relevan de su responsabilidad. Por lo tanto se establece en aquella resolución que sigue siendo delito, aún en los casos en que no tenga sanción ni para el médico ni para la madre, que no existe un derecho abortar, porque nadie tiene derecho a cometer delitos, por ende, si no hay un derecho a abortar, el aborto no es parte de los derechos reproductivos,sentencia que, complementando la última resolución de ese Máximo Tribunal, genera cierta “suspicacia” respecto al sentido y coherencia de los fallos que en materia de interpretación constitucional emite el mismo.
Sin embargo, mi opinión y lo enfatizo, sin afán de polemizar ni optar por una postura radical del tema, el derecho más trascendental y necesario no puede estar sujeto a interpretaciones u oculto en leyes secundarias, sino que debe estar claramente establecido en nuestra Carta Magna.
Ahora bien, en cuanto al derecho de decidir, la Constitución establece que“Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre y responsable sobre el número y espaciamiento de sus hijos”, al hacer alusión al términotoda persona, sin lugar a dudas, el derecho a decidir de las mujeres embarazadas respecto a tener o no al concebido, a la luz de la reforma aprobada en el Distrito Federal, priva al varón de su derecho constitucional a decidir, sin dejar de mencionar que los derechos reproductivos, aluden a la elección del número, así como el lapso de tiempo que se deje pasar para concebir a otro ser humano, no así al decidir sobre la vida o no del mismo.
Es decir, el texto constitucional no puede ser interpretado en sentido contrario, ya que su intención es precisamente proteger la vida y no limitar el número de hijos ni el espaciamiento de los hijos, sino que ésta sea una decisión de los padres, y si en algún momento, como ya ha pasado recientemente, el Estado tiene la intención de contener la explosión demográfica, lo hará teniendo como punto de partida la toma de conciencia y la voluntad de la población y no por la fuerza como sucede en algunos países en la actualidad. Por lo que lejos de que nuestra Constitución permita que se violente la vida humana, por el contrario, el texto establece el sentido de protección de la misma.
Por otro lado, los derechos no pueden ejercitarse de manera legítima en perjuicio de otra persona, por lo que el derecho a la paternidad de manera responsable no debe hacerse valer en contraposición a la vida de un ser humano.
El lunes publicare la tercera parte de éste análisis, insisto, son bienvenidas las opiniones y posturas personales, esta publicación no pretende polemizar ni fijar posturas categóricas y radicales, no al menos de mi parte, simple reflexión…

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